martes, 2 de febrero de 2010

Pensum de Estudio


El régimen de estudio es semestral, un régimen de créditos y prelaciones de asignaturas. Existen dos semestres al año y, para obtener la licenciatura, todo estudiante deberá aprobar 150 créditos, distribuidos en la división de asignaturas y complementos de la siguiente manera: asignaturas obligatorias (32), asignaturas de autores obligatorias (30), asignaturas electivas filosóficas (40), asignaturas electivas extrafilosóficas y/o filosóficas 30), idioma (6), y trabajo de grado (12). El horario de estudio es diurno y nocturno. La carrera de Filosofía a nivel de pregrado no contempla menciones, sino la formación de un licenciado con conocimientos integrales en las áreas fundamentales del saber filosófico.

PLAN DE ESTUDIOS DE LA

ESCUELA DE FILOSOFÍA DE LA

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

REGLAMENTO

.- Los estudios de filosofía en la Escuela de Filosofía de la Universidad Central de Venezuela se regirán por las disposiciones contenidas en este Reglamento.

I - De los Estudios:

2.- El régimen de estudios de la Escuela es por el sistema de períodos, créditos y prelación de asignaturas.

3.- Existen dos períodos regulares durante el año con una duración de dieciocho (18) semanas cada uno, incluyendo inscripciones y exámenes; al menos, catorce (14) semanas serán de clases.

4.- Para obtener la licenciatura en Filosofía todo alumno deberá aprobar ciento cincuenta (150) créditos correspondientes a:

Asignaturas Básicas (32 créditos);

Asignaturas de autores obligatorias (30 créditos);

Asignaturas electivas filosóficas (40 créditos);

Asignaturas electivas extra filosóficas (y/o filosóficas)(30 créditos);

Requisito de idioma moderno (6 créditos);

Trabajo de licenciatura (12 créditos).

5.- El número de créditos obligatorios que deberá inscribir un estudiante en los primeros semestres será de dieciséis (16) créditos hasta haber aprobado treinta y dos (32) créditos correspondientes a las asignaturas básicas. Una vez aprobados estos créditos el alumno podrá inscribir un máximo de dieciocho (18) créditos y un mínimo de tres (03) créditos hasta cubrir los cientos treinta y dos (132) créditos de escolaridad requeridos para la licenciatura.

6.- La inscripción se hace por asignatura, según lo estipulado en el Artículo 5. Las exigencias de prelación, cuando las hay, son necesarias para los efectos de validez en la inscripción.

II. De las Asignaturas Básicas

7.- Las asignaturas básicas, cuya aprobación en los dos primeros períodos es indispensable para poder inscribirse en las correspondientes asignaturas electivas, son las de Historia de la Fil osofía I y II, Filosofía Teorética I y II, Filosofía de la Praxis I y II, Fundamentos de Lógica e Historia de la Lógica. La aprobación de cada uno de estos cursos tiene prelación sobre un área determinada de las asignaturas electivas.

III. De las asignaturas obligatorias de autor.

8.- Se entiende por asignaturas obligatorias bajo la denominación de "autores" (según Art. 4) los cursos cuyo contenido sea la exposición de problemas filosóficos enmarcados en un específico contexto histórico-cultural, siempre que la misma se efectúe a partir del análisis de una obra u obras fundamentales de un autor determinado

9.- Los cursos a que hace referencia el artículo anterior (según Art. 4) no tendrán prelación entre sí. En los programas de dichas asignaturas podrán hacerse recomendaciones para la inscripción de los estudiantes. Son las siguientes:

Platón

Aristóteles

Moderno Racionalista o Empirista

Kant

Hegel

Marx

IV. De las asignaturas electivas.

0. - Las asignaturas electivas que integran los estudios de filosofía se clasifican en filosóficas y extrafilosóficas. Todo alumno deberá aprobar, por lo menos, 70 créditos referentes a asignaturas electivas de los cuales hasta 30 pueden ser extrafilosóficos.

11.- Antes de la apertura de inscripciones de cada período lectivo, la Dirección de la Escuela publicará una relación de los cursos y seminarios que se dictarán con el fin de que los alumnos que hubiesen aprobado la(s) primera(s) asignaturas básicas que tienen prelación sobre las electivas puedan elegir entre aquellos las asignaturas electivas a cursar en dicho período lectivo. La relación de cursos y seminarios se hará a partir de las ofertas de los departamentos, según su programación anual. Los Departamentos tomarán en cuenta en la programación, las solicitudes estudiantiles de apertura de cursos o seminarios.

12. - La Dirección de la Escuela , previa consulta y acuerdo con los Departamentos de la misma, agrupará los Cursos y Seminarios a dictarse en cada período lectivo en 4 áreas: Historia de la Filosofía , Filosofía Teorética, Filosofía de la Praxis y Lógica y Filosofía de las Ciencias. (Véase Art. 6). La Dirección de la Escuela , a través de los Departamentos, instrumentará en cada una de estas áreas la necesidad de referir los Seminarios a los cursos de autores electivos

13.- Todo alumno deberá cursar y aprobar, por lo menos, 6 créditos de las asignaturas filosóficas electivas (cursos y/o seminarios) por cada una de las cuatro áreas señaladas en el artículo anterior. Las restantes asignaturas electivas servirán para intensificar sus estudios según sus preferencias filosóficas.

14. -Todo alumno deberá cursar por lo menos 40 créditos en asignaturas electivas filosóficas, de los cuales, al menos 24 créditos deberán corresponder a seminarios. Los alumnos tendrán derecho a escoger las asignaturas filosóficas electivas como lo consideren conveniente en vista a sus intereses y a su formación y seguir la tematización por área señaladas en el artículo 12.

15. -El alumno podrá elegir un número de créditos en seminarios superior al indicado en el Art. 14, pero no podrán ser más de dos (02) por período lectivo hasta aprobar 66 créditos y no más de cuatro (04) por período lectivo, una vez aprobados dichos créditos. Asimismo las asignaturas obligatorias de autores podrá contabilizarse como créditos de las unidades filosóficas electivas, con la condición de que el contenido de la asignatura de autor tomada como electiva, sea distinto al cursado como asignatura obligatoria.

16.- Las asignaturas extra filosóficas electivas, cuando no se dicten en la Escuela de Filosofía, podrán cursarse en cualquier Escuela de la UCV , con la autorización previa de la Dirección de la Escuela de Filosofía. En estos casos el alumno estará supeditado a las normas y reglamentos vigentes de la Escuela donde curse la asignatura.

V. Del Requisito de Idioma Moderno.

7.- Todo alumno que aspire a la licenciatura en Filosofía deberá presentar un examen integral donde demuestre su suficiencia en un idioma moderno a elegir entre alemán, francés, inglés, italiano y ruso.

18. - Condición previa a la presentación de dicho examen será haber realizado, al comenzar el período lectivo, la inscripción de los créditos correspondientes al requisito de Idioma Moderno. Dicho número de créditos no se computará a los siciones relativas al número máximo de créditos a cursar en cada período regular (Véase Art. 5).

19. - El alumno, a fin de dar cumplimiento a lo pautado en los artículos anteriores, solicitará ante la Dirección de la Escuela el programa sobre el cual versará el examen del idioma moderno que haya elegido.

20. - El alumno podrá aprobar los (06) créditos de idioma moderno mediante cursos semestrales ofrecidos, tanto por la escuela de Filosofía, por las otras escuelas de la Facultad de Humanidades y Educación. El alumno estará obligado a cumplir con las disposiciones internas que a tal efecto como fije la escuela respectiva.

VI. Del Trabajo de Licenciatura

21.- El trabajo de licenciatura consistirá en una actividad realizada bajo la dirección de un miembro ordinario o especial del personal docente y de investigación de la UCV , ubicado académicamente y de categoría no inferior a la de asistente.

22.- El proyecto del trabajo de licenciatura deberá ser presentado después de haber aprobado noventa y seis (96) créditos y antes de aprobar ciento treinta y dos (132) créditos. En dicho tiempo el interesado deberá comunicar por escrito a la dirección de la Escuela la naturaleza del trabajo y el plan del mismo, indicando el profesor escogido como tutor. El Consejo de Escuela procederá dentro de un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la petición escrita del alumno, a autorizar o desautorizar dicho proyecto de trabajo, previa consulta con el profesor director del mismo.

23.- El trabajo de licenciatura podrá consistir en:

a) Una monografía teórica.

b) Una tesis oral;

c) Un trabajo de taller (teórico);

d) Un trabajo profesional (didáctico).

a) En cuanto a la monografía teorética y los demás trabajos diferentes a la tesis oral, se realizará la discusión pública sólo en el caso que así lo decida el jurado del trabajo respectivo.

b) La tesis oral cumple con todas las exigencias de la monografía escrita, a excepción de su presentación por escrito. En consecuencias, el graduando bajo la dirección del profesor seleccionado, presentará por escrito sus "notas para la exposición", realizará dicha exposición resumiendo sus ideas y se someterá a una discusión pública ante el jurado respectivo.

c) y d) Los trabajos de taller (teórico) y profesional

24.- Para examinar el trabajo de licenciatura el graduando deberá dirigirse de nuevo por escrito a la dirección de la Escuela manifestando su disposición al examen, previo el visto bueno para el mismo por parte del profesor tutor. En el caso de la monografía técnica y de los proyectos específicos de los trabajos de taller y profesional que exigieren textos escritos, éstos deberán ser presentados junto con la comunicación anterior, en siete (07) ejemplares a la Dirección de la Escuela.

25.- El jurado para el examen del trabajo de licenciatura estará integrado por tres (03) profesores de categoría no inferior a la de asistente, entre los cuales deberá figurar el profesor director del trabajo de licenciatura. El jurado dictaminará sobre los textos escritos. No obstante para la discusión pública. En el caso de la tesis oral, sólo podrá dictaminar después de la discusión pública de la misma.

26. - Condición previa a la presentación de dicho examen, será haber inscrito al comenzar el período lectivo, los doces (12) créditos correspondientes al trabajo de licenciatura. El número de dichos créditos no se computará a los efectos del cumplimiento de las disposiciones relativas al número máximo de créditos a cursar en cada período regular. (Véase Art.5).

27. - El examen del trabajo de licenciatura no podrá efectuarse sin que el autor del mismo haya aprobado ciento treinta y ocho (138) créditos precedentes, que exige el artículo 4 del presente reglamento.

28.- El estudiante, que por cualquier motivo no hubiese cumplido satisfactoriamente con todas y cada una de las disposiciones relativas a la presentación del trabajo de licenciatura, deberá volver a inscribir los créditos correspondientes en un período regular posterior, quedando vigentes las disposiciones de este Reglamento.

VII. Del Régimen de Transición.

29. - Durante los tres (03) primeros períodos lectivos de vigencia del presente Reglamento, la transición entre el régimen anterior y el actual, regirá el articulado de esta sección. Finalizado dicho plazo, toda solicitud de convalidación de cursos créditos aprobados con anterioridad a la vigencia de este Reglamento será resuelto por el Consejo de Escuela. 30. - A los fines del artículo precedente, las asignaturas obligatorias del reglamento anterior (Lógica y Metodología I y II, Platón, Aristóteles, autor moderno empirista o racionalista, Kant, Hegel, y Marx) se convalidan con las asignaturas básicas y obligatorias del nuevo reglamento (Fundamento de la Lógica e Historia de la Lógica , Platón, Aristóteles, autor moderno, Kant, Hegel, Marx, respectivamente), con el número de créditos correspondientes al régimen derogado.

31.- Los alumnos que para el inicio de este reglamento tengan aprobados un mínimo de ocho (08) créditos no están obligados a inscribir y aprobar los cursos de asignaturas básicas, salvo quienes no hayan aprobado Lógica y Metodología I y II del anterior Reglamento que estarán obligados a cursar Fundamentos de Lógica e Historia de la Lógica.

32.- Los alumnos que al comenzar la vigencia del nuevo Reglamento hayan aprobado Lógica y Metodología I se les hará equivalencia con Fundamentos de Lógica, restándoles por aprobar Historia de la Lógica.

33. - Los alumnos que para el inicio del nuevo Reglamento sólo hayan aprobado un curso semestral de las asignaturas de autor (Platón I, Aristóteles I, moderno empirista I y/o moderno racionalista I, Kant I, Hegel I y Marx I) deberán inscribir dicho(s) autor(es) en el nuevo régimen para aprobarlos definitivamente. En estos casos los créditos de los cursos de autor(es) vigentes en el Reglamento anterior, valdrán como asignaturas electivas filosóficas en el nuevo Reglamento, con el número de créditos correspondientes al régimen derogado.

34.- Cualquier otra asignatura obligatoria y/o electiva filosófica o extra-filosófico, aprobada bajo la vigencia del reglamento anterior, valdrán como asignatura electiva filosóficas o extrafilosóficas en el nuevo reglamento, con el número de créditos correspondientes al Reglamento anterior

III. De lo no previsto.

5.-Los casos dudosos y los no previstos en el presente reglamento serán resueltos por la autoridad competente de la Universidad Central de Venezuela, según sus respectivas atribuciones.


CREDITOS DE LICENCIATURA EN FILOSOFÍA


1. Asignaturas Obligatorias:

1.1. Básicas:

Historia de la Filosofía I 4 Créditos

Historia de la Filosofía II 4 Créditos

Filosofía Teorética I 4 Créditos

Filosofía Teorética II 4 Créditos

Filosofía de la Praxis I 4 Créditos

Filosofía de la Praxis I 4 Créditos

Lógica I 4 Créditos

Lógica II 4 Créditos

Sub-Total 32 Créditos



1.2. Autores:

Platón 5 Créditos

Aristóteles 5 Créditos

Moderno, Empirista o Racionalista 5 Créditos

Kant 5 Créditos

Hegel 5 Créditos

Marx 5 Créditos

Sub-Total 30 Créditos



2. Asignaturas Electivas:

2.1. Electivas Filosóficas:

2.1.1.Cursos 16 Créditos

2.1.2. Seminarios 24 Créditos

Sub-Total 40 Créditos


2.2. Electivas Extrafilosóficas (y/o filosóficas) 30 Créditos

Sub-Total Electivas 70 Créditos


3. Requisito Idioma Moderno 6 Créditos

4. Trabajo de Licenciatura 12 Créditos

Total Carrera 150 Créditos

1 comentarios:

RAFAEL dijo...

HOLA DESEO SABER A QUE HORA( ES LA ENTRADA DEL HORAIO NOCTURNO PARA LOS DEL 1SEMESTRE)